¿Le preocupa que entren en su casa okupas?
Es un grave problema en España. Actualmente, si el propietario es una persona jurídica o una persona física considerada como gran tenedor, o sea que tiene más de diez viviendas, no se puede iniciar ningún procedimiento para sacar a los okupas ni tampoco practicar ningún lanzamiento hasta el 31 de diciembre del año 2024.
Si no se dan estas circunstancias, si es una persona física y la vivienda ocupada es su residencia, la policía de inmediato lo saca de la casa. También sucede si es una segunda residencia.
En todo caso, para evitar la entrada de los okupas o para garantizar que la policía actúe y lo saque de inmediato, se han de cumplir varios requisitos y varios consejos. En primer lugar, aconsejamos tener una alarma con cámaras de visionen el interior. También es aconsejable tener alguna persona, un amigo o un representante que pueda acudir a su casa. Por ejemplo, si su casa es un chalet que tiene jardín, es aconsejable contratar servicios de jardinería en los períodos en que usted no está para que se realicen visitas periódicas en la vivienda.
Salvo que sea una vivienda habitual o segunda residencia, es problemática actualmente y puede implicar un procedimiento que puede durar dos o tres años.
Respondido por: D. Manuel Montis
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